Un servicio semanal de la División de Asuntos al Consumidor del Condado de Palm Beach
Trampa
Después de un largo período sin empleo, Michael finalmente consiguió una oferta de trabajo en el norte de la Florida. El necesita trasladarse para poder estar empleado. Brenda es una madre soltera la cual se le sigue dañando la electricidad. Una gotera en el techo fue arreglada pero el daño que causó a los muebles el agua de Sam no lo fue. ¿Qué tienen estos tres en común? Ellos quieren terminar su arriendo al desalojar sus apartamentos temprano.
Consejos
Lea cautelosamente el acuerdo de su arriendo antes de tomar una decisión de la cual se lamente. ¡Lo que usted no sabe puede que le cueste! Igual que un contrato firmado, un fallo en no honorar el arriendo puede resultar en penalidades financieras. Nadie puede costear deudas que pueden ser evitadas en esta economía. La Ley de Dueño/Inquilino de la Florida requiere una noticia por escrito a los dueños al desalojar, ya sea temprano o al final del arriendo. Varios arriendos requieren una noticia de 60-días.
- Muy pocos arriendos dirigen la necesidad de mudarse por un trabajo. Michael debe hacerle sabes su desalojo al dueño lo mas pronto posible. El actuar amigablemente con el dueño le dará a Michael la mejor oportunidad para disminuir la oportunidad de penalidades por haber roto el arriendo.
- Si el pedido de Brenda para reparaciones es ignorado por el dueño, su próxima llamada debe ser la Oficina de la Aplicación de Códigos del Condado de Palm Beach o su municipio para pedir una inspección. Las violaciones de Códigos obligan al dueño a hacer las reparaciones. Ella también debe llamar a Asuntos al Consumidor. El darle la oportunidad al dueño en hacer las reparaciones le ahorrará muchos problemas a Brenda. El romper su arriendo debe ser su último recurso.
- El arriendo de Sam probablemente tiene una clausura indicando que el dueño no es responsable por danos a la propiedad personal. El seguro para inquilinos provee protección adicional. Si Sam rompe su arriendo por esta situación, probablemente vaya a incurrir de penalidades costosas y puede que un viaje a la corte para hacer cumplir el arriendo.
Asuntos al Consumidor trabaja con disputas entre los dueños-inquilinos. Llame al 561-712-6600 (Boca/Delray 1-888-852-7362), o busque dueños en la Página Web en www.pbcgov.com/consumer.
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