Un servicio semanal de la División de Asuntos al Consumidor del Condado de Palm Beach
Trampa
Joyce de Palm Springs estaba disgustada al recibir una llamada de una agencia de cobros diciendo que ella debía dinero por una estadía en el hospital hace cuatro años. Ella no se acordaba de haber recibido ningún cobro de parte del hospital en ese momento y pensó que el seguro medico había pagado la estadía. ¿Como pueden ellos tratar de cobrar dinero de parte de ella después de tanto tiempo?
Consejos
¿Qué tan viejo es muy viejo? Deudas que son tan viejas están mas allá del tiempo en que un acreedor o colector de deudas puede demandarlo para colectar son llamadas “deudas prescriptas” En Florida, acciones de corte civil no están permitidas a menos que estén dentro de los limites dictados por ley (Capitulo 95). Para muchas deudas que no envuelven propiedad real, el límite de tiempo es de cuatro o cinco años. En algunas situaciones el límite de tiempo puede ser reajustado cuando cualquier tipo de pago fue hecho al principal o interés que se debe. Aun si a usted no lo pueden demandar, el acreedor o colector de deuda puede continuar contactándolo para conseguir pago de la deuda mientras la compañía no viole la Ley Federal de Igualdad de Colección de Deudas.
Pasos a seguir:
- Envíe una carta pidiendo una factura detallada original. ¿Es esta su deuda? Deudas viejas muchas veces son vendidas a agencias de cobros sin mostrar quien es responsable.
- Compare la factura detallada con sus propios documentos para determinar si usted ya pago la factura. Compárela con su seguro de “Explicación de Beneficios” (EOB) para ver si la factura fue sometida a su compañía de seguros y que fue pagada.
- Contacte al acreedor original y pídale que revisen sus documentos para verificar que los pagos fueron correctamente acreditados a su cuenta.
Para más información: Contacte la Comisión de Intercambio Federal (http://www.ftc.gov) o llame-877-FTC-HELP; o Asuntos al Consumidor (http://www.pbcgov.com/consumer) o llame 561-712-6600 (Boca/Delray 1-888-852-7362).
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